Mostrando las entradas con la etiqueta derechos de autor. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta derechos de autor. Mostrar todas las entradas

viernes, 20 de julio de 2007

Sentencia del Tribunal Supremo a favor de los derechos reprográficos de autores y editores

[Fuente: Centro Español de Derechos Reprográficos] La Cámara de Comercio e Industria de Madrid necesita la licencia de reproducción que concede nuestra Entidad para fotocopiar obras impresas protegidas por el Derecho de Autor, así lo establece una sentencia dictada por el Tribunal Supremo de hace unos días. Además, el fallo obliga a la Cámara a indemnizar a CEDRO por los daños y perjuicios causados al reproducir ilícitamente obras de su repertorio, así como a abonar las costas del recurso ante el Supremo. Esta es la primera vez que este Tribunal se pronuncia a favor de los derechos de autor en el ámbito de la reproducción reprográfica.

L a sentencia reconoce que las fotocopias que se hacían en los servicios de reprografía de la Cámara no pueden ser consideradas como copias para uso privado ni con fines de investigación, tal y como alegaba esta organización empresarial. Por ello, según el Tribunal Supremo, la Cámara necesita la autorización de CEDRO para fotocopiar fragmentos y páginas de los libros y revistas que forman parte del repertorio de nuestra Entidad.

El fallo del Supremo confirma la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid del año 2000, que a su vez revocaba una anterior del Juzgado de Primera Instancia n.º 37 de Madrid del año 1996.

Fuente: Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO), http://www.cedro.org/.

viernes, 15 de junio de 2007

Derechos de autor por el préstamo bibliotecario

Los autores percibirán derechos de autor por el préstamo bibliotecario

[Fuente: Centro Español de Derechos Reprográficos] Ayer , 14 de junio del 2007, el Congreso de los Diputados aprobó la Ley de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas, en la que se regula la remuneración para los autores por el préstamo de sus obras en bibliotecas. Esta ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

De esta forma, queda incorporada a la legislación española una directiva europea de 1992 que obligaba al pago de estos derechos de propiedad intelectual. En octubre del año pasado el Tribunal de Justicia Europeo condenó a España por no haber transpuesto correctamente el contenido de esa directiva al marco legal español, que en la práctica eximía de generar este pago a los préstamos realizados en todas las bibliotecas que ofrecen este servicio [leer más].